La pregunta de si hay un límite para contratar con el estado en Colombia es común. La respuesta es compleja. Los límites dependen de varios factores, como el presupuesto de cada entidad y el tipo de selección.
La ley establece reglas para contratar con el estado en Colombia. Hay diferentes montos y procedimientos. Es vital entender estas diferencias para participar en contratos estatales.
El límite para contratar con el estado no es fijo. Se ajusta cada año según el salario mínimo. Esto mantiene los límites actualizados con la economía del país.
Puntos Clave
- El monto máximo varía según el presupuesto de cada entidad estatal
- Los límites se expresan en salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV)
- Existen diferentes modalidades de selección con sus propios límites
- La mínima cuantía equivale al 10% de la menor cuantía de una entidad
- El registro en el SECOP es obligatorio para participar en licitaciones públicas
Marco Legal de la Contratación Estatal en Colombia
En Colombia, la contratación pública sigue un marco legal claro. Este marco establece cómo y cuándo pueden contratar las entidades gubernamentales. Su objetivo es asegurar que el uso de recursos públicos sea transparente y eficiente.

Ley 80 de 1993: Fundamentos de la contratación pública
La Ley 80 de 1993 es fundamental para la contratación pública en Colombia. Define qué son los contratos estatales y las responsabilidades de los contratistas. También exige que los bienes y servicios cumplan con normas técnicas y que los contratistas tengan al menos un año de experiencia.
Ley 1150 de 2007: Modalidades de selección
La Ley 1150 de 2007 introduce diferentes formas de seleccionar a los contratistas. Estas modalidades son la licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos y contratación directa. También define criterios para contratar servicios profesionales y de apoyo.
Decreto 1068 de 2015: Regulaciones específicas
El Decreto 1068 de 2015 da detalles sobre la contratación de servicios profesionales en entidades públicas. Establece que solo se pueden contratar servicios cuando no hay personal suficiente. También prohíbe pagar más de lo que gana el jefe de la entidad por servicios continuos.
Normativa | Año | Aspectos clave |
---|---|---|
Ley 80 | 1993 | Define contratos estatales y responsabilidades |
Ley 1150 | 2007 | Establece modalidades de selección |
Decreto 1068 | 2015 | Regula contratación de servicios profesionales |
Modalidades de Selección en la Contratación Pública
En Colombia, hay varias formas de contratar bienes y servicios para el Estado. Cada una se elige según las necesidades de cada proyecto. Esto ayuda a encontrar la mejor manera de adquirir lo necesario. Por ejemplo, se pueden utilizar licitaciones, subastas o contrataciones directas, dependiendo de la naturaleza y el alcance del proyecto. Sin embargo, en todos los casos se deben cumplir con los requisitos para hoja de vida, como la experiencia laboral, la formación académica y las certificaciones necesarias para garantizar la idoneidad de los proveedores. De esta manera, se busca asegurar la transparencia, la eficiencia y la calidad en la contratación de bienes y servicios para el Estado.
Licitación pública y sus características
La licitación pública es la forma principal de contratación del Estado. Se usa para proyectos grandes y complejos. Este proceso asegura que todo sea transparente y justo entre los proveedores.

Selección abreviada: Cuándo aplicarla
La selección abreviada se usa para adquirir bienes de menor cuantía. También se emplea cuando los bienes tienen características técnicas similares. Este método hace el proceso más rápido, manteniendo la eficiencia.
Contratación directa: Casos específicos
La contratación directa es para casos únicos. Se usa para servicios profesionales o trabajos artísticos que solo pueden hacer ciertas personas. Esta forma permite contratar de manera rápida cuando es necesario.
Modalidad | Aplicación | Característica principal |
---|---|---|
Licitación pública | Proyectos grandes | Transparencia y competencia |
Selección abreviada | Menor cuantía | Eficiencia y economía |
Contratación directa | Casos específicos | Agilidad en contratación |
Estas modalidades son clave en la contratación del Estado en Colombia. Cada una se ajusta a necesidades específicas. Así, se logra una gestión eficaz de los recursos públicos.
Monto maximo para contratar con el estado
En Colombia, los montos máximos para contratar con el estado cambian según el presupuesto de cada entidad. Esto define cuándo se deben seguir ciertas reglas para contratar. Estas reglas ayudan a que todo sea justo y transparente.
Para entidades con un presupuesto grande, el límite es de 1.000 SMLMV. Si el presupuesto es menor, el límite es de 850 SMLMV. Estos límites son claves para saber cómo contratar.
Presupuesto Anual (SMLMV) | Menor Cuantía (SMLMV) | Mínima Cuantía (COP) |
---|---|---|
≥ 1.200.000 | 1.000 | 90.852.600 |
850.000 – 1.199.999 | 850 | 77.224.710 |
La selección abreviada se usa para contratar cosas más pequeñas. El proceso de mínima cuantía se aplica si el valor no pasa del 10% de la menor cuantía de la entidad.
Los límites de contratación también afectan las compras en grandes tiendas. Estas son permitidas si no superan el 10% de la menor cuantía. Estos montos aseguran que el uso de recursos públicos sea justo y eficiente.
Clasificación de Cuantías según Presupuesto Institucional
En Colombia, las cuantías de contratación varían según el presupuesto de cada entidad. Esto asegura que los contratos se ajusten al tamaño y recursos de cada una.
Presupuestos superiores a 1.200.000 SMLMV
Si el presupuesto anual de una entidad es mayor a 1.200.000 SMLMV, la menor cuantía para contratar es hasta 1.000 SMLMV. Esto facilita la contratación en grandes instituciones.
Rangos entre 850.000 y 1.199.999 SMLMV
Para entidades con presupuestos entre 850.000 y 1.199.999 SMLMV, la menor cuantía es hasta 850 SMLMV. Esta categoría busca un equilibrio entre las necesidades de contratación y el tamaño de la institución.
Presupuestos menores a 850.000 SMLMV
Para entidades con presupuestos menores a 850.000 SMLMV, la menor cuantía es hasta 650 SMLMV. Esta categoría se adapta a las necesidades de contratación de instituciones más pequeñas.
Presupuesto Anual (SMLMV) | Menor Cuantía (SMLMV) |
---|---|
Más de 1.200.000 | Hasta 1.000 |
850.000 – 1.199.999 | Hasta 850 |
400.000 – 849.999 | Hasta 650 |
Estas clasificaciones son esenciales para definir los procedimientos de contratación. El Manual de Contratación, en su versión 07, explica estos procesos. Destaca la importancia de analizar el mercado y publicar información contractual en SECOP.
Mínima Cuantía: Procedimientos y Límites
La mínima cuantía es un procedimiento en Colombia para contrataciones públicas. Se aplica cuando el valor del contrato es menor al 10% de la menor cuantía de la entidad. Este proceso busca una selección transparente y eficiente en compras de menor valor.
Proceso de selección de mínima cuantía
El proceso de selección de mínima cuantía es simple y rápido. La entidad debe publicar una invitación con detalles del objeto a contratar. Incluye descripción, condiciones técnicas, valor estimado, plazo y certificado de disponibilidad presupuestal.
No es necesario publicar un aviso de convocatoria. Esto hace el procedimiento más rápido.
Compras en grandes superficies
La Tienda Virtual del Estado Colombiano permite comprar en grandes superficies. Se pueden adquirir bienes hasta el monto de la mínima cuantía. Este sistema mejora la adquisición de productos uniformes.
Es clave destacar la participación de Mipymes en estos procesos. Necesitan un año de existencia para participar. La oferta económica y el cumplimiento de las condiciones técnicas son fundamentales en la evaluación.
Restricciones y Prohibiciones en Contratación Estatal
Las restricciones en contratación pública son clave para la transparencia y equidad. La Ley 996 de 2005, también llamada Ley de Garantías, limita mucho durante las elecciones.
Esta ley prohíbe contratar directamente cuatro meses antes de las elecciones presidenciales. Solo hay excepciones para la seguridad nacional o emergencias sanitarias.
Las prohibiciones van más allá de firmar contratos. Las entidades no pueden iniciar o seguir procesos de contratación directa. Esto incluye cualquier selección sin convocatoria pública o sin participación de varios oferentes.
Excepciones a la prohibición | Descripción |
---|---|
Defensa y seguridad del Estado | Contratos esenciales para la protección nacional |
Emergencias sanitarias | Situaciones que requieren respuesta inmediata en salud pública |
Desastres naturales | Contrataciones necesarias para atender calamidades |
Crédito público | Operaciones financieras del Estado |
Estas restricciones evitan influencias indebidas en la contratación pública. Así, se fortalece la integridad del sistema democrático colombiano.
Servicios Profesionales y de Apoyo a la Gestión
Los contratos de prestación de servicios profesionales en Colombia siguen la Ley 1150 de 2007. Se usan cuando no hay personal capacitado para ciertas tareas. Es vital conocer bien los requisitos y límites de estos contratos.
Requisitos para contratos de prestación de servicios
Para hacer estos contratos, se revisa si el contratista es adecuado. Se mira su educación, habilidades y experiencia. Las entidades estatales pueden contratar a personas o empresas que demuestren que pueden hacer el trabajo.
Límites de remuneración
Hay límites en lo que se puede pagar por estos contratos. El Decreto Nacional 1737 de 1998 establece que no debe pasar el salario del jefe. Pero, hay excepciones para trabajos muy especializados.
Tipo de Servicio | Límite de Remuneración |
---|---|
Servicios Generales | Hasta el salario del jefe de entidad |
Servicios Altamente Calificados | Puede exceder el límite con justificación |
Servicios altamente calificados
En casos especiales, se pueden pagar más por servicios altamente calificados. Esto necesita la aprobación del representante legal. La justificación debe ser por la complejidad y especialización del trabajo.
Recuerda que todos los contratos de servicios profesionales deben estar en el Plan Anual de Adquisiciones. Esto garantiza transparencia y cumple con los objetivos de la institución. La contratación directa busca eficiencia, pero siempre dentro de la ley.
Responsabilidades y Sanciones en Contratación Pública
En Colombia, las contrataciones públicas siguen reglas estrictas. La Ley 80 de 1993 define las obligaciones de los contratos. La Ley 1150 de 2007 hizo cambios importantes en estas normas.
Obligaciones del contratista
Los contratistas tienen que hacer varias cosas. Por ejemplo:
- Entregar el objeto pactado a tiempo
- Ofrecer servicios de alta calidad
- Respetar los plazos acordados
- Usar los materiales como se especifica
Consecuencias del incumplimiento
Si no se cumplen estas obligaciones, pueden surgir sanciones. La Ley 1474 de 2011 dice que se pueden aplicar castigos según la Ley 1150 de 2007. Estas sanciones pueden ser:
Tipo de sanción | Descripción |
---|---|
Multas | Para apremiar al contratista en caso de mora |
Declaración de incumplimiento | Cuando no se entrega el objeto pactado o se presta un servicio defectuoso |
Inhabilidad para contratar | En casos graves de incumplimiento |
La supervisión y la interventoría son clave para evitar problemas. Estas figuras revisan el trabajo y toman medidas si es necesario.
Conclusión
La contratación estatal en Colombia sigue un marco legal muy detallado. La Ley 80 de 1993 es la base, definiendo qué entidades estatales pueden contratar. Esta ley busca hacer los procesos de contratación más transparentes y eficientes.
El monto máximo para contratar con el estado cambia según el presupuesto de cada entidad. Las reglas de contratación pública exigen que las entidades mantengan condiciones estables. Los contratistas deben actuar con honestidad y lealtad.
Es muy importante saber que el contrato estatal es generalmente irrevocable. Pero, hay excepciones como inhabilidades o contratos obtenidos ilegalmente. Conocer estas reglas es clave para moverse bien en la contratación estatal en Colombia.